
Novedad normativa Productos químicos:
Real Decreto 105/2010 modifica reglamento de almacenamiento de productos químicos.
Novedad normativa RITE Galicia :
Orden de 24 de febrero de 2010 regula la aplicación del RITE.
Novedad normativa incendios Catalunya:
Llei 3/2010 de prevenció i seguretat en matèria d’incendis.
Novedad normativa IIAA Catalunya:
Llei 20/2009 de prevenció i control ambiental de les activitats.
Novedad normativa capa ozono Europea:
Reglamento 1005/2009 sobre las sustancias que agotan la capa de ozono.


| Categoría transporte | Cantidad * | Ejemplos de carga, descarga y transporte de los siguiente materiales |
| Categoría 0 | 0 Kilos | PCB’s y productos que los hayan contenido. La mayoría de los productos explosivos y radiactivos. |
| Categoría 1 | 20 Kilos | Botellones de gases tóxicos, la mayoría de los peróxidos orgánicos y todos los productos de grupo de embalaje I. |
| Categoría 2 | 333 Kilos | Botellones de gases inflamables, aerosoles inflamables. Productos de grupo de embalaje II. |
| Categoría 3 | 1000 Kilos | Gasoil, botellones de gases inertes y oxidantes, Ácidos y bases.Lodos de fosfatado. Disolventes usados. Descarga Productos de grupo de embalaje III. |
| Categoría 4 | Nunca es necesario | Neumáticos. |
Realización de PAES para obtener una reducción del 20% de las emisiones de CO2 según los objetitos de la CE para el 2020.
El PAES realizará un inventario de las emisiones de CO2 del municipio o actividad estudiada para su posterior análisis. Con las conclusiones del análisis se determinara el plan de acción cuyo objetivo será la reducción del consumo energético y la emisión del CO2.
Con la ejecución del plan de acción, se obtiene:
Tàndem, realiza los PAES con un equipo multidisciplinar formado por arquitectos e ingenieros, con formación especifica en ecoeficienca.
Estudio inicial, diseño y seguimiento de obras para la ejecución de un almacenamiento de productos químicos peligrosos:
Se diseñarán todas las medidas de seguridad necesarias para cumplir con la normativa APQ o las internas de la propia empresa. De ser necesario se puede dar la formación necesaria a los operarios, para la manipulación de los productos químicos, actuación ante un derrame, etc.
De acuerdo con el RD681/2003, los actividades que utilizan, almacenan y manipulan productos que pueden generan vapores explosivos, deben disponer de una correcta clasificación de dichas áreas y una evaluación del riesgo en cada una de las zonas clasificadas, con el objeto de prevenir la explosión de dichos vapores.
Clasificación de zonas para atmósferas de polvo explosivo.
TÀNDEM Solucions Ambientals, realiza la clasificación de las areas explosivas mediante la aplicación de las normas: Norma EN 60079-10 para atmósferas de gases inflamables y norma EN 50281-3 para atmósferas de sólidos inflamables.
Asimismo, mediante un explosímetro, se verifica in situ las atmósferas explosivas con el objeto de clasificar solo aquellas que pueden contener una atmosfera explosiva.
Informe de clasificación: presentación de resultados.
La presentación gráfica de la clasificación de zonas está normalizada por las normas EN 60079-10 y EN 50281-3. Los resultados se presentarán siguiendo sus directrices.
En caso de que el titular proporcione planos de alzado de las instalaciones que estén emplazadas en zonas clasificadas, se proporcionarán los resultados también en alzado. En caso contrario, si sólo se dispone de planos de planta, la clasificación se hará sobre éstos, con indicación de la altura alcanzada por la zona clasificada
El informe de clasificación incorporará también:
Con la entrada en vigor de la nueva Ley 12/2008 de Seguridad Industrial en Catalunya, según el artículo 7 punto 5, se requerirá a todas las instalaciones sujetas al RD1254/99 de AG, la necesidad de presentar un ACR actualizado a la situación real.
Realizamos los mencionados ACR según las indicaciones de la “INSTRUCCIÓ 14/2008 SIE - CRITERIS PER LA REALITZACIÓ DE LES ANÀLISIS QUANTITATIVES DE RISC A CATALUNYA” teniendo en cuenta el Manual Bevi Risk Assessments, versión 3.2 y el Purple Book de TNO.
Presentamos a la evaluadora correspondiente el Informe final, con los curvas de isoriesgo calculadas y la curva FN de riesgo social.
También rehacemos antiguos ADR no realizados según los criterios solicitados actualmente.
Con la publicación del Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, las empresas cuya actividad está descrita en el anexo III de la citada Ley, deberán disponer de una garantía financiera obligatoria.
Para determinar el importe de la garantía financiera, es necesario elaborar un Análisis de Riesgo Medioambiental debidamente verificado por una entidad acreditada, que determine el riesgo, cuantifique el daño y valore el coste de dicho daño, basándose en el coste del proyecto de remediación en el caso de producirse el daño. La garantía será en función de dicho valor económico.
Todas las actividades deben disponer de dicha garantía financiera a excepción de las siguientes:
TÀNDEM Solucions Ambientals, realiza dichos análisis de riesgos medioambientales, basándose en la normativa UNE 150008 y con una metodología propia, que identifica los episodios accidentales, los cuantifica y los evalúa para poder tener un resultado final.